Aprobación informe ambiental y evaluación territorial estratégica PP-24 PGOU Villajoyosa

01 de Julio de 2022

Aprobación del informe ambiental y territorial estratégico por el procedimiento simplificado de la Alternativa Técnica del Sector PP-24, Borrador del Plan Parcial, Memoria de Sostenibilidad Económica, Informe de impacto por razón de género, estudio de integración paisajística y estudio de inundabilidad del PP-24 “Parais Nord” del P.G.O.U.de La Vila Joiosa.

Vista la propuesta del informe ambiental y territorial estratégico, de la Alternativa Técnica del Sector PP-24, Borrador del Plan Parcial, Memoria de Sostenibilidad Económica, Informe de impacto por razón de género, estudio de integración paisajística y estudio de inundabilidad del PP-24 “ Parais Nord” del P.G.O.U. de La Vila Joiosa, el Sr. Concejal de Urbanismo ha dictado la resolución número 3104 de 22 de junio de 2022, adoptando el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Concluir que el proyecto de Plan Parcial del sector de suelo urbanizable PP 24 del P.G.O.U. no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente y el territorio de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo VIII del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (TRLOTUP).

SEGUNDO.- Proponer al órgano ambiental y territorial municipal que emita informe ambiental y territorial estratégico favorable en el procedimiento simplificado de evaluación ambiental y territorial estratégica del Plan Parcial del sector de suelo urbanizable PP 24 del P.G.O.U. TERCERO.- Incluir este informe en la documentación del instrumento de planeamiento a los efectos de ponerlo en conocimiento del órgano promotor y del órgano sustantivo para la continuación de la tramitación urbanística del Plan Parcial.

CUARTO.- Solicitar a la AGRUPACION DE INTERÉS URBANÍSTICO PP24 PARAIS NORD, y al técnico redactor del borrador del Plan Parcial, la presentación de la version completa del proyecto teniendo en cuenta los condicionantes establecidos en los informes municipales emitidos antes del inicio de la tramitación urbanística del expediente.

QUINTO.- Ordenar la publicación del extracto de la resolución de informe ambiental y territorial estratégico por el procedimiento simplificado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana a los efectos establecidos en el 56.8 del TRLOTUP, así como en la página web municipal.

SEXTO.- Esta resolución de informe ambiental y territorial estratégico por el procedimiento simplificado no es susceptible de ningún recurso por considerarse acto de trámite, sin perjuicio de los recursos que, si resulta, sean procedentes en vía contenciosa-administrativa ante el acto que apruebe el instrumento de planeamiento Plan Parcial del sector PP 24 del P.G.O.U., lo cual no es inconveniente para que puedan utilizarse los medios de defensa que se estimen convenientes en derecho.

SEPTIMO.- Esta resolución de informe ambiental y territorial estratégico perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, no se aprobara el Plan Parcial del sector PP 24 del P.G.O.U. en el plazo máximo de cuatro años. En tal supuesto el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental y territorial estratégica simplificada.

OCTAVO.- Realizadas dichas actuaciones se someterá el Plan Parcial del sector PP 24 del P.G.O.U. a información pública por plazo mínimo de 45 días previsto en el art. 61.1 a) del TRLOTUP asegurando las medidas mínimas de publicidad exigidas en el art. 55.2.

En los datos adjuntos dispone de toda la información.

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