15 de Septiembre de 2023
Por medio del presente se hace público el acuerdo de Pleno de fecha de 17 de agosto de 2023, en el que entre otros aspectos, se somete a información pública la modificación puntual del Plan General de la Vila Joiosa ordenación estructural del PP-1 “Cales i Atalaies” y que en su parte dispositiva establece literalmente:
“…PRIMERO.- Aprobar inicialmente la “MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE LA VILA JOIOSA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL DEL PP-1 “CALES I ATALAIES”, presentada mediante registro de entrada 2023016058 de 31/07/2023 y 2023016153 de 1/08/2023.
SEGUNDO.- Someter el expediente de “MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE LA VILA JOIOSA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL DEL PP-1 “CALES I ATALAIES”, y su correspondiente documentación técnica, presentada mediante registro de entrada 2023016058 de 31/07/2023 y 2023016153 de 1/08/2023, incluyendo el Informe Ambiental y Territorial Estratégico aprobado por la Comisión de Evaluación Ambiental en sesión celebrada el 30/03/2023, y el resto de documentos exigibles por la normativa sectorial a información pública, durante un periodo de cuarenta y cinco días hábiles, a tal efectos se insertarán los correspondientes anuncios en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y en prensa escrita de gran difusión, y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Villajoyosa, que será referenciada en los correspondientes anuncios de publicación. Durante este periodo se podrán formular alegaciones y observaciones, pudiendo aportar todo tipo de documentación o medios de prueba que se estimen adecuados en su apoyo.
TERCERO.- Someter a consulta de las Administraciones Públicas afectadas y notificar a las personas interesadas, así como asociaciones, plataformas o colectivos que se hayan pronunciado o aportado sugerencias en las fases previas a la redacción de la modificación del plan, y cualesquiera otra interesada. A tal efecto, la conselleria competente para la aprobación de esta modificación puntual de Plan General, a través de la dirección general correspondiente, ejercerá las funciones de coordinación necesarias en relación con la obtención de los informes correspondientes a las consultas que se realicen a los órganos de la Generalitat en esta fase del procedimiento. Debiendo procederse de conformidad con el art. 55.4 TRLOTUP, ante la falta de emisión del correspondiente informe.
CUARTO.- Someter a consulta a las empresas suministradoras de agua, energía eléctrica, gas, telefonía y telecomunicaciones, para que emitan informe sobre las necesidades y condiciones técnicas mínimas imprescindibles de los proyectos, obras e instalaciones que deban ejecutarse con cargo a la actuación urbanística; este informe tendrá carácter vinculante para las empresas suministradoras y eficacia durante el plazo que se fije en el planeamiento o programa de actuación para la ejecución de las obras de urbanización. Todo ello con la consideración que el ámbito objeto de afección por la modificación puntual de Plan General correspondiente al sector PP-1 está consolidado por la urbanización. Así mismo, se hace constar que en defecto de informe al instrumento de planeamiento, podrá requerirse antes de la aprobación de los programas de actuación, de los proyectos de ejecución o de reparcelación, con los mismos efectos.
QUINTO.- Suspender la tramitación y el otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición que no sean compatibles con la ordenación vigente y con la ordenación propuesta, es decir, se podrán conceder licencias de parcelación, edificación y demolición siempre que sean conformes con la ordenación propuesta y la ordenación todavía vigente, todo ello única y exclusivamente referido al ámbito del Sector PP-1, objeto de la modificación puntual de Plan General de Ordenación Estructural que se propone. La suspensión tendrá una duración máxima de dos años y dejará de ser efectiva una vez sea aprobado definitivamente por el Ayuntamiento de Villajoyosa la Modificación Puntual de Plan General de la Vila Joiosa Ordenación Pormenorizada del PP-1 “Cales i Atalaies”, actualmente en tramitación…”
En los datos adjuntos se encuentra toda la información.
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