Actualización de la resolución de quemas agrícolas en el término municipal de la Vila Joiosa

Del 18 de abril al 31 de mayo se podrán quemar residuos agrícolas a más de 500 metros de terreno forestal hasta las 11.00 horas. Junio y octubre, el 1º y 3º miércoles de cada mes, hasta las 10.00 horas. Quedan PROHIBIDAS las actividades con fuego los meses de julio, agosto y septiembre.

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Vista la Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Consellería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se modifica el período de quema de márgenes de cultivo o de eliminación de residuos agrícolas y forestales mediante uso del fuego.
 
Considerando las especiales condiciones de peligro de incendios que están afectando a la Comunidad Valenciana, con una ausencia acumulada de precipitaciones, acompañada de elevadas temperaturas, y que no se prevén cambios para los próximos días.
Considerando el Plan Local de Quemas del Excmo. Ayuntamiento de la Vila Joiosa de 16 de octubre de 2017.
 
Las actividades con fuego en nuestro municipio quedarán de la siguiente manera y siempre respetando las condiciones y normas de todas ellas:
 
PRIMERO: Del 18 de abril al 31 de mayo se podrán quemar residuos agrícolas a más de 500 metros de terreno forestal hasta las 11.00 horas.
 
SEGUNDO: Se podrán realizar actividades con fuego en los meses de junio y octubre, el 1er y 3er miércoles de cada mes, hasta las 10.00 horas, es decir los días 7 y 21 de junio, y 4 y 18 de octubre. 
 
TERCERO:  Quedan PROHIBIDAS las actividades con fuego los meses de julio, agosto y septiembre.
 
Todo ello, con la adecuada autorización de actividades con fuego por parte del Excmo Ayuntamiento de la Vila Joiosa y respetando las normas y condiciones específicas del Plan Local de Quemas municipal.
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Noticia publicada el 20 de Abril de 2023