La Corporación Municipal pide de forma unánime al Gobierno central consensos con el sector pesquero que garanticen su actividad en el Mediterráneo

El bloque plenario apremia al Gobierno a reconsiderar su posición ante la nueva regulación europea que proyecta únicamente 120 de trabajo por buque de pesca para 2025

  

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El Ayuntamiento de la Vila Joiosa ha celebrado esta mañana su Pleno Ordinario del mes de mayo, por vía telemática, estando presidido por el Alcalde del municipio, Andreu Verdú, desde el despacho de Alcaldía.

El bloque plenario de la Vila Joiosa, de forma unánime y rotunda, ha mostrado su apoyo al sector pesquero exigiendo al Gobierno del Estado a reconsiderar su posición ante la nueva regulación europea que proyecta únicamente 120 días al año a partir de 2025 en lo que se refiere a los días de actividad de cada barco. Solicita al Gobierno la búsqueda de consensos con el sector pesquero para encontrar la viabilidad a la actividad pesquera tan importante en el Mediterráneo en general y en la Vila Joiosa, en particular.

Con la aprobación de esta moción por parte de todos los grupos municipales, el Ayuntamiento de la Vila Joiosa ha mostrado su voluntad de seguir trabajando conjuntamente en favor de las inquietudes de la Cofradía de Pescadores respecto a la nueva normativa, y ha querido mostrar su apoyo a un sector que, además de sustento económico de gran cantidad de familias vileras y de ser un pilar fundamental de nuestra economía, supone un importante referente de nuestra identidad cultural, turística e histórica.

El Pleno de la Vila ha aprobado con el voto favorable de todos los grupos municipales dedicarle una calle, plaza o avenida que quede libre de nombramiento al escritor Enric Valor, además de apremiar a la Generalitat Valenciana a iniciar los trámites para que Enric Valor sea condecorado con la Alta Distinción de la Generalitat Valenciana.

También se ha aprobado por unanimidad delegar en la Diputación Provincial de Alicante, a través del organismo autónomo SUMA, Gestión Tributaria, las facultades que el Ayuntamiento tiene atribuidas en materia de gestión, liquidación, inspección y recaudación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

De forma unánime se ha aprobado provisionalmente la modificación del art. 13º de la ordenanza fiscal del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, por el que no serán objeto de tramitación aquellas liquidaciones con una cuota tributaria igual o inferior a 6,00 euros. Las liquidaciones del impuesto se notificaran íntegramente a los sujetos pasivos con indicación del plazo de ingreso y expresión de los recursos procedentes.

El pleno de la Vila también ha aprobado con el voto favorable de todos los partidos la modificación de la Ordenanza municipal de utilización de las playas y calas de la Vila Joiosa en su artículo 60 cambiando el título de “playas naturistas” por el de “playas de uso nudista recomendado”, designación más acorde con el espíritu y la intención de todo el artículo 60, así como adaptar el logo identificativo general utilizado en toda Europa.

El voto favorable del equipo de Gobierno y C’s con la abstención del PP aprueba desestimar las alegaciones formuladas por la Asociación del Casco Antiguo (RE nº 2021007203) contra el acuerdo plenario de fecha 18 de febrero de 2021 de la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza de Protección del Paisaje Urbano reguladora de la Instalación de terrazas y elementos de publicidad comercial del municipio de la Vila Joiosa.

Por unanimidad se ha aprobado la modificación de la ordenanza municipal de protección del paisaje urbano, reguladora de la instalación de terrazas y elementos de publicidad comercial, que considera que el plazo de presentación de solicitudes durante un mes, y que en caso de no efectuarse sean desestimadas, es una medida excesivamente restrictiva. La modificación amplía la posibilidad de presentar estas solicitudes durante todo el año para solicitar la ocupación de la vía pública, y mayor facilidad y previsión del sector hostelero.

También de forma unánime se ha aprobado la adhesión de la Oficina Tourist Info del municipio de la Vila Joiosa a los "Puntos Violetas Turísticos", a través de la firma de la carta de adhesión a los puntos violetas turísticos de la red Tourist Info de la Comunitat Valenciana. Estos "Puntos Violeta Turísticos" son espacios en los que se sensibiliza al visitante, turista y residente, y se atiende, informa y ayuda a personas visitantes y turistas víctimas de cualquier tipo de agresión sexista.

Todos los grupos municipales se han mostrado a favor de la iniciación del expediente para la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Azul de la Generalitat a la Jueza de La Vila Joiosa, Excelentísima Señora Doña Consuelo María Martínez Molina, Decana de los Juzgados de La Vila Joiosa y su partido judicial, fundamentada en el precitado informe del Intendente Jefe de la Policía Local.

La propuesta para la sustitución paulatina y por necesidad de la flota de vehículos de uso municipal con motores de combustión por vehículos eléctricos, así como habilitar puntos de recarga para estos vehículos eléctricos en los estacionamientos donde se guardan y en espacios públicos estratégicos para permitir su recarga no ha contado con los apoyos suficientes de la Corporación Municipal al alegar el Gobierno Local que el parque móvil de la Policía Local ya está renovando su flota con este tipo de vehículos y habilitando un nuevo punto de recarga eléctrico en sus instalaciones a los ya existentes en diversas zonas del municipio.

La Corporación Municipal ha aprobado con unanimidad solicitar al Consell de la Generalitat Valenciana la construcción de viviendas de promoción pública en el Municipio de la Vila Joiosa, así como ofrecer al Consell de la Generalitat Valenciana suelo propiedad del Ayuntamiento de la Vila Joiosa para llevar a cabo la referida construcción.

Finalmente, con unanimidad de todos los partidos ha salido adelante la propuesta para la modificación del artículo 22.c de la Ordenanza municipal de Protección de Ambiente Atmosférico (Llibre Verd) en el sentido de que cuando no se pueda utilizar el sistema de extracción por chimenea y se trata de actividades que requieran de ventilación o extracción de humos se podrá exceptuar del cumplimiento del art. 44 de la vigente ordenanza permitiéndose la extracción a fachada siempre y cuando el establecimiento disponga de un sistema de ventilación forzada que incorpore un equipo de tratamiento y filtrado de aire eficaz que garantícela completa eliminación de olores, humos y grasas del aire expulsado, siendo necesario que el hueco de salida quede a una altura superior a 2,20 metros por encima del nivel de vía pública y que no se produzcan molestias a terceros.

 

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Noticia publicada el 27 de Mayo de 2021